Certificado de eficiencia energética

El Certificado de Eficiencia Energética será obligatorio a partir del 1 de junio para alquilar o vender cualquier vivienda o edificio anterior al año 2007.

 

 

El Certificado Energético analiza la demanda y el consumo de energía de la vivienda o edificio. Su resultado se resume en una etiqueta muy similar a la que ya estamos acostumbrados a ver en los electrodomésticos desde hace años. Una letra y un código de color clasificarán las viviendas según una escala que va de la categoría más alta, la A verde (menor consumo), a la más baja, la G roja (mayor gasto en energía).

Validez del Certificado Energético

El Certificado Energético tiene una validez de 10 años. Si pasados esos diez años la vivienda se vende o alquila, deberá certificarse de nuevo. Por otra parte, si se llevan a cabo obras que varíen la eficiencia energética (como la sustitución de las ventanas o la caldera) es recomendable actualizar el certificado, para poder aprovecharlo como valor añadido en caso de venta o alquiler.

¿Qué es el Certificado Energético?

Mediante el Certificado Energético podemos conocer el grado de eficiencia de nuestra vivienda o edificio , y cómo mejorarlo para consumir menos energía. En definitiva, podemos saber cuales son las mejoras que nos permitirían reducir el importe de las facturas de luz, agua y gas

Además, la etiqueta del Certificado de Eficiencia Energética debe estar visible en cualquier anuncio de venta o alquiler, junto al resto de la información. Por último, será necesario entregar el original al comprador en caso de venta o una copia al inquilino en caso de alquiler.

Contenido del certificado

El Certificado Energético de la vivienda o edificio contiene la siguiente información:

  • Identificación de la vivienda o edificio que se certifica.
  • Indicación del procedimiento reconocido utilizado.
  • Normativa vigente en la construcción y descripción de las características energéticas (fachadas e instalaciones).
  • Etiqueta energética (calificación).
  • Recomendaciones para la mejora de la eficiencia energética.

Procedimiento para certificar una vivienda o edificio

Certificar una vivienda o edificio es un procedimiento técnico sencillo, ya que en una única visita realizamos la toma de datos necesaria para emitir el Certificado Energético. Posteriormente y mediante los programas informáticos homologados redactamos el informe, que incluirá además de la etiqueta energética una serie de posibles mejoras que harían aumentar la calificación de la vivienda. Una vez realizado se entrega firmado, para que los propietarios puedan hacer uso del mismo durante los próximos 10 años. No es necesario que la vivienda cumpla una calificación mínima, ya que el certificado tiene carácter informativo para los actuales y futuros propietarios o inquilinos.

Visita e inspección: desplazamiento a la vivienda o edificio el día y hora fijados previamente.

Toma de datos específica de los siguientes apartados:

  • Superficies útiles, ventanas y orientaciones.
  • Tipos de fachada, suelo, cubierta y otros elementos constructivos.
  • Puentes térmicos existentes.
  • Instalaciones energéticas (calefacción, agua caliente y aire acondicionado).

Estudio de la documentación: una vez recogida la documentación procedemos a su interpretación, análisis y evaluación, utilizando los procedimientos homologados de certificación energética CE3 / CE3X

Documentación: el Certificado de Eficiencia Energética incluye la etiqueta energética, que debe estar visible en cualquier anuncio de venta o alquiler. En la etiqueta figura la calificación energética obtenida por la vivienda o edificio. El certificado incluye además incluye una serie de anexos:

  • Características térmicas del inmueble.
  • Calificación energética detallada (calefacción, ACS, refrigeración e iluminación).
  • Recomendaciones de mejora.
  • Pruebas, comprobaciones e inspecciones llevadas a cabo durante la toma de datos.

Gestiones incluidas: Gestiones incluidas:el Certificado de Eficiencia Energética se redacta en modelo oficial, siendo el propietario quien debe o bien presentarlo ante notario al vender su vivienda o bien adjuntarlo en el contrato de alquiler.

¿Necesitas asesoramiento?

–> Preguntas frecuentes <–

En este apartado de preguntas frecuentes sobre el Certificado de Eficiencia Energética encontrará respuestas a las preguntas más habituales:

  • ¿Qué es la certificación energética y para qué sirve?
  • ¿Cuándo entra en vigor?
  • ¿Qué es el Certificado de Eficiencia Energética?
  • ¿Qué validez tiene?
  • ¿Es obligatorio tener disponer del certificado?
  • ¿Todos los edificios necesitan tener el certificado?
  • ¿Puedo poner mi casa en venta o alquiler sin el certificado?
  • ¿Qué obligaciones tengo como vendedor / arrendador?
  • ¿Cómo obtengo el certificado de mi vivienda?

¿Qué es la certificación energética y para qué sirve?

 

La certificación energética es un procedimiento que permite evaluar la eficiencia energética de un edificio o parte del mismo. Sirve para valorar el comportamiento energético y poder mejorar el consumo de energía, lo que se traduce en un ahorro de luz, agua y gas.

¿Cuándo entra en vigor?

 

Será obligatorio para todos las viviendas o edificios que se vendan o alquilen a partir 1 de junio de 2013.

¿Qué es el Certificado de Eficiencia Energética?

 

También llamado Certificado Energético, es el documento oficial que acredita la calificación energética de la vivienda o edificio. El certificado consta de la etiqueta energética (que muestra la calificación energética en una escala que va desde la A, mayor eficiencia energética, hasta la G, menor eficiencia energética) y una serie de anexos.

¿Qué validez tiene?

 

El Certificado de Eficiencia Energética tiene una validez de 10 años.

 

¿Es obligatorio tener disponer del certificado?

 

Es obligatorio para los propietarios de un edificio (vivienda unifamiliar o edificio con varias viviendas) o de una parte (un piso o local comercial, por ejemplo) cuando se ponga en venta o alquiler.

¿Todos los edificios necesitan tener el certificado?

Sí, salvo que el edificio se incluya en alguno de los siguientes supuestos:

  • Edificios construidos después del 2006.
  • Construcciones abiertas.
  • Edificios catalogados de valor arquitectónico o histórico.
  • Edificios de culto y destinados a actividades religiosas.
  • Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización menor de dos años.
  • Edificios industriales y agrícolas destinados a talleres, procesos industriales y agrícolas.
  • Edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2.
  • Edificios de una sola planta y uso no residencial o público, cuya actividad no afecte a la seguridad de las personas.
  • Edificios comprados para su demolición.
  • Edificios o viviendas que sean objeto de arrendamiento por tiempo inferior a cuatro meses al año.

¿Puedo poner mi casa en venta o alquiler sin el certificado?

 

No. Desde la entrada en vigor del Real Decreto de eficiencia energética de los edificios, la etiqueta energética debe acompañar a cualquier actividad comercial que se realice de venta o alquiler (en agencias de alquiler, portales de internet, etc). De igual forma a como sucede en el resto de países europeos donde ya se aplica la medida desde hace tiempo.

¿Qué obligaciones tengo como vendedor / arrendador?

 

El vendedor o arrendador deberá mostrar la etiqueta energética del certificado durante el proceso de venta o alquiler (junto a la descripción de la vivienda en el escaparate de una inmobiliaria, por ejemplo). En caso de venta, el vendedor deberá entregar al comprador un original del Certificado de Eficiencia Energética en la notaría. En caso de alquiler, deberá adjuntarse una fotocopia del mismo en el momento de la firma del contrato de alquiler.

 

¿Cómo obtengo el certificado de mi vivienda?

 

Poniéndose en contacto con nosotros a través de nuestro formulario de contacto podemos gestionar todo el proceso de forma rápida y sencilla. Somos arquitectos especializados.

¿Quieres obtener tu certificado energético?

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